martes, 17 de enero de 2012

TEXTOS

A. TEXTOS LABORALES

Texto 1. Puntos de la inminente Reforma laboral de 2012


1. REDUCIR LA INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO:

a. La creación de un contrato único, con una indemnización más cercana a la media europea.

b. La creación de un Fondo de Capitalización (el denominado modelo austríaco).

2. REDUCIR LOS COSTES SALARIALES DE LA EMPRESA:

a. La creación de los denominados “miniempleos”, que consisten en un contrato a tiempo parcial con un salario especialmente reducido (400 €), y con una cotización especialmente reducida (150 €).

b. La posibilidad de que las empresas, de forma unilateral, con la revisión de la Comisión paritaria del convenio del sector, puedan descolgarse en materia salarial del convenio sectorial si han sufrido fuertes reducciones en su producción.

3. AUMENTAR LA PRODUCTIVIDAD:

a. Hacer coincidir los días festivos con el lunes o viernes de la semana, evitando de esta forma que se creen grandes puentes que reducen la productividad.

b. Reducir el absentismo laboral.

c. Ligar los salarios a la productividad.

4. FLEXIBILIDAD INTERNA:

a. Flexibilidad interna en las empresas en relación con las modificaciones sustanciales de funciones, horarios, jornada, etc.

b. La simplificación del procedimiento para que el empresario pueda reducir o suspender el contrato de trabajo por causas económicas, productivas, técnicas y organizativas, de tal forma que el despido sea la última opción.

5. LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA:

a. Limitar la facilidad que tiene ahora el colectivo de trabajadores para promover una huelga condicionando la negociación de un convenio colectivo, un período de consultas en un Expediente de Regulación de Empleo, etc.

b. La limitación de la ultraactividad en los convenios colectivos, sometiendo a las partes, en caso de desacuerdo, a un arbitraje.

6. OTRAS CUESTIONES:

a. Eliminar las limitaciones impuestas a las empresas de trabajo temporal(ETT) para intermediar entre empresas y trabajadores
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Texto 2. Artículo del El Mundo, lunes 16 de Enero, 2012

El Gobierno pone en marcha hoy la reforma laboral tras expirar el plazo para el acuerdo

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social trabajará a partir de este lunes en el anteproyecto de Ley de una nueva reforma del mercado de trabajo con el fin de aumentar la flexibilidad interna de las empresas y de la contratación y poder frenar el paro.
Fuentes sindicales han confirmado que no ha habido contactos entre los agentes sociales este fin de semana y que tampoco "estaban previstos", por lo que no han tratado ningún aspecto de la reforma laboral.
De esta forma, UGT, CCOO, CEOE y CEPYME se remiten al documento de 67 páginas firmado por las dos partes el pasado martes y enviado al Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Este acuerdo contemplaba pactos en materias de resolución extrajudicial de conflictos, de formación profesional, de mutuas y sobre la racionalización del calendario de festivos, y fue calificado de "insuficiente" el pasado viernes por la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría.
Durante todo el fin de semana tanto el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, como la vicepresidenta Soraya Saénz de Santamaría y la ministra de Empleo, Fátima Báñez, han urgido a los agentes sociales a que agotaran el plazo marcado y aportaran soluciones sobre temas "troncales" como la flexibilidad interna de las empresas o el absentismo laboral. La vicepresidenta ha reiterado este mismo domingo que debían "apurar las horas y los minutos" porque la reforma laboral es necesaria para crear empleo. Por su parte, Báñez les advirtió ayer de la necesidad de hacer una reforma "decidida y equilibrada".

Los sindicatos se defienden

Lo cierto es que los secretarios generales de UGT, Cándido Méndez y de CCOO, Ignacio Fernández Toxo, están dispuestos a seguir negociando fuera de plazo y han asegurado que es cuestión de "voluntad" y no de cumplir unos tiempos marcados por el Ejecutivo.
Toxo y Méndez reconocen hoy en una entrevista al diario Público que las posturas en materia salarial y de contratación están muy alejadas, aunque el dirigente de CCOO tampoco ve imposible un acuerdo.
Sin embargo, en lo que sí coinciden tanto empresarios como sindicatos es en que la negociación colectiva y los asuntos relativos a la contratación y despidos son "bilaterales" y así lo hacen constar en el texto del documento enviado a Empleo.
Toxo y Méndez califican de "maximalistas" las propuestas de la patronal en la última recta final de la negociación, ante la iniciativa de congelar los salarios y critican que un sector empresarial quiera "dinamitar" el proceso pensando que se beneficiarían más con una reforma laboral elaborada unilateralmente por el Ejecutivo.
El dirigente de CCOO recuerda que los sindicatos no son los que han cerrado las negociaciones.
Y es que el presidente de CEPYME, Jesús Terciado, pedía al Gobierno hace unos días que tomara de inmediato las decisiones que considerara oportunas porque "volver a negociar sería perder el tiempo" y consideraba que la negociación ya no tenía recorrido.

Tanto Toxo como Méndez también coinciden en que el Gobierno debería convocar una Mesa tripartita para tratar otros asuntos como el empleo juvenil o el absentismo.
El Ejecutivo se ha comprometido a que una nueva reforma laboral esté cerrada en el primer trimestre del año, después de que el anterior Gobierno socialista aprobara otra reforma del mercado de trabajo por decreto ley tras meses de negociación de los agentes sociales y que también terminaron en fracaso.

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PREGUNTAS SOBRE LA REFORMA LABORAL.

1

¿Quién tiene que demostrar si el despido es procedente o improcedente?

Hasta ahora era el empresario el que tenía que demostrar que el despido era procedente, es decir, justo y adecuado a la ley laboral. Con la reforma laboral, se invierte la carga de la prueba y es el trabajador el que tiene que demostrar que el despido es improcedente.
2

Si firmé mi contrato antes de la reforma, ¿qué indemnización tendré si me despiden?

Un contrato indefinido ordinario fija una indemnización de 45 días por año trabajado, hasta un máximo de 42 mensualidades, pero la reforma laboral de 2012 introduce que a partir de la entrada en vigor de la reforma se calcularía la indemnización con un máximo de 33 días por año trabajado. En cualquier caso, se mantendría una indemnización máxima de 42 mensualidades.
3

¿Por qué me pueden despedir con 20 días por año trabajado?

Si una empresa tiene más pérdidas, menos ingresos o menos ventas durante tres trimestres seguidos, podrá recurrir al despido procedente, que solo establece una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades. Eso sí, a partir de ahora se invierte la carga de la prueba y todos los despidos son procedentes a no ser que el trabajador demuestre lo contrario.


4

¿Pueden bajarme el sueldo?

A partir de ahora,  la “cuantía salarial” se incluye entre las condiciones de trabajo que la dirección de la empresa puede acordar “por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción”. Entre esas razones están “las relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa”.. Por lo que se abre la puerta a bajar salarios si la empresa alega razones de competitividad.

5

Si cobro el paro y consigo un trabajo, ¿puedo seguir cobrando la prestación?

Por primera vez, se permite compatibilizar un trabajo con el cobro de la prestación de desempleo, pero solo en el caso concreto de un empleado contratado con el nuevo modelo de contrato para emprendedores. En ese caso, el trabajador puede percibir el 25% del paro que estaba cobrando durante su primer año empleado, mientras que la empresa se deduciría el 50% de lo que cobraba la persona a quien ha contratado.

6

¿Durante cuanto tiempo me pueden renovar con contratos temporales?

En 2011 se suspendió el límite al encadenamiento de contratos temporales para los años 2012 y 2013, pero el actual reforma vuelva a establecer un máximo de dos años a partir de 2013. Es decir, durante este año todavía se podrán encadenar contratos temporales sin límite, pero el año que viene ya no se podrán realizar de forma encadanada

7

Si soy empresario, ¿de qué bonificaciones nuevas me puedo beneficiar por contratar a un trabajador?

Además de los 3.000 euros para las pymes de menos de 50 trabajadores que contraten a un trabajador menor de 30 años, se introducen bonificaciones de hasta 3.600 euros en tres años por hacer un contrato indefinido a jóvenes de entre 16 y 30 años y de 4.500 por contratar a parados de larga duración de más de 45 años.